Cumplimiento

Ley 13-20: cuando la mora en la TSS te apaga el NCF

Suena a leyenda de pasillo, pero está escrito en la ley: si un empleador acumula más de 60 días de mora en la seguridad social, la TSS puede pedirle a la DGII que le inhabilite los NCF. Y un cliente que no puede facturar es un cliente en crisis. Esto es lo que dice la norma — y cómo verlo venir.

1. Sí, es real (y qué ley lo ordena)

La Ley No. 13-20, del 7 de febrero de 2020, fortalece a la TSS y la DIDA y modifica el régimen de recargos por mora del Sistema Dominicano de Seguridad Social. En los artículos que reforma de la Ley 87-01 (arts. 115, 182 y 204), repite el mismo párrafo para pensiones, salud y riesgos laborales:

“En caso de que las infracciones se mantengan por un tiempo mayor a sesenta (60) días, la Tesorería de la Seguridad Social procederá a solicitar a la DGII la inhabilitación de los Números de Comprobantes Fiscales (NCF) hasta tanto no se regularice la situación.”

En cristiano: la mora prolongada en las cotizaciones de tus empleados no solo genera recargos — puede dejar a tu cliente sin poder emitir comprobantes fiscales.

2. Cómo funciona el mecanismo

Tres detalles cambian todo, y conviene tenerlos claros para no exagerar ni subestimar el riesgo:

  • El disparador es la TSS, no la DGII. Nace de cotizaciones de seguridad social impagas — no de un impuesto atrasado.
  • No es automático ni inmediato. Aplica tras superar los 60 días, y es una solicitud de la TSS a la DGII, no un apagón instantáneo.
  • Es reversible. Se levanta “hasta tanto no se regularice la situación”: al pagar o acordar un plan de pago, el NCF vuelve.

3. La otra vía: la mora con la DGII

Cuidado con confundir dos caminos distintos. Existe un segundo mecanismo por el que un NCF se puede frenar, y no viene de la Ley 13-20: la DGII condiciona la autorización de secuencias de NCF al nivel de cumplimiento del contribuyente. Las Normas Generales 06-2018 (art. 5) y 01-2020 (art. 6) permiten limitar o negar nuevas secuencias a quien tiene omisiones o deudas tributarias.

Dos puertas, un mismo susto: la mora con la TSS puede inhabilitar tus NCF (Ley 13-20); la mora con la DGII puede frenar la autorización de nuevos NCF (Normas 06-2018 y 01-2020). Estar al día en ambos frentes es lo que mantiene la facturación viva.

4. Qué hacer como firma

El riesgo no está en la ley — está en enterarte tarde. Cuando un cliente descubre que no puede facturar, ya perdió ventas. La firma que se adelanta es la que revisa, todos los meses, dos cosas: que la planilla de la TSS esté pagada y al día, y que no haya omisiones abiertas con la DGII.

Eso es exactamente el tipo de señal que se puede vigilar en automático sobre toda la cartera, en vez de descubrirla cliente por cliente cuando ya es tarde. La mora no debería sorprenderte: debería avisarte.

Fuentes

Basado en el texto de la Ley No. 13-20 (párrafos que modifican los arts. 115, 182 y 204 de la Ley 87-01) y en las normas de autorización de NCF de la DGII. No es asesoría legal; confirma cada caso con la TSS y la DGII.